¿Qué cubre y qué no tu seguro “full cover”?


Recientemente se popularizó en las redes sociales la carta de declinación de una compañía aseguradora ante un reclamo por un seguro full cover (incorrectamente llamado así). Los comentarios en contra de la empresa abundaron  y las fotografías a la carta y al recibo de la prima fueron compartidas cientos de veces, cuestionando el porqué se negaba a pagar los daños del vehículo.

Por los comentarios se puede determinar que en la gran mayoría de casos los usuarios de este tipo de productos financieros desconocen las condiciones que pactan con las aseguradoras; muchas veces ni siquiera leemos las pólizas que contratamos y cuando ocurren los incidentes nos enteramos que no podrán ser cubiertos. Pero –aquí viene el gran pero– en gran parte de esos incidentes sí se pudiera “pelear” la  cobertura, en dependencia de cómo se plantee el reclamo y, sobre todo, en dependencia de lo que declaraste cuando se llenó la solicitud para adquirir el seguro.

Si tenés un vehículo asegurado con “cobertura total” o daños propios, lo primero que debés hacer es ir a buscar tu póliza y leer a detalle la cláusula de exclusiones, pues no todas las compañías las aplican de igual manera: si bien de manera general son iguales, el nivel de especificación entre una y otra podría cambiar tu suerte a la hora de hacer un reclamo.

Continuando con el caso visto en las redes sociales: la compañía alegó este inciso que excluye de cobertura:

“cuando  el vehículo asegurado pernocte en la calle en altas horas de la noche o de la madrugada o frente a la casa de habitación del asegurado o en estaciones de servicio de gasolina o en cualquier lugar donde el vehículo no esté con las medidas de seguridad”.

A manera de chiste, entre los comentarios se cuestionaba si entonces debemos llevar a dormir con nosotros los vehículos a la habitación para que esté cubierto en caso de incidente. La respuesta es no. Observen la última parte de esa exclusión, dice claramente “en cualquier lugar donde el vehículo no esté con las medidas de seguridad”. Esto significa que el vehículo podría estar afuera de tu casa “en altas horas de la noche”, pero si cuenta con ciertas medidas de seguridad como alarma y vigilancia, podría “pelearse” la cobertura, pero especialmente si desde que llenás la solicitud de póliza exponés claramente que tu vehículo pasa la noche afuera de la vivienda.

Así como lo leés: muchas veces el problema no está en el qué (qué tipo de incidente), sino en el cómo (cómo se plantea el reclamo). Por ejemplo, incluso aunque no hayás reportado que tu vehículo “duerme” afuera de tu casa, si son las 8:00 p.m. y acabás de regresar de tu trabajo, aún estás despierto (lo que significaría que estás pendiente del vehículo, no está “desprotegido”) y alguien te lo pasó golpeando o rayando, sí se pudiera –nuevamente– “pelear” la cobertura.

O si duerme dentro del garaje de tu casa, pero éste no tiene techo, alguien tira una piedra y te daña el vidrio o carrocería, si vos declaraste que el vehículo no quedaba bajo techo, no deberían ponerte trabas para pagar.


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Incluso, si estás cenando en un restaurante y lo colisionan en el estacionamiento (aunque sean las 10:00 p.m.), podés exigir la cobertura pues el vehículo no estaba expuesto, estaba evidentemente bajo resguardo. Distinto es cuando los dejamos en plena calle a su suerte, como cuando vamos a un concierto al Estadio Nacional de Futbol y los vehículos quedan estacionados en cualquier lado de la vía. En esos casos es mejor buscar un estacionamiento.


Adicionalmente te cuento que algunas compañías rechazan reclamos cuando las llantas tuvieran un desgaste mayor al 60%. Repito: todas esas condiciones están en la cláusula de exclusiones de tu póliza de seguro.

El caso de las inundaciones

De manera general, cuando enfrentés una situación así debés tener claro que las compañías no van a pagar un daño si es evidente algún grado de descuido de parte de la persona asegurada. Y esto no sólo aplica en colisiones, sino en situaciones como la constante inundación de las ciudades de Nicaragua cuando llueve.

¿Cómo actuar en el caso de las inundaciones? Lo primero que debés tomar en cuenta es que tu responsabilidad debe ser siempre proteger el bien, es decir: aunque esté asegurado, no quiere decir que podés exponerlo innecesariamente.

Con frecuencia, tras una lluvia fuerte en Managua u otras ciudades como Masaya, vemos calles convertidas en ríos. Si luego de ver el panorama, voluntariamente decidiste pasar por ahí y carro se daña, es altamente probable que la aseguradora rechace tu reclamo. NO ocurre igual si, por ejemplo, estaba estacionado en un lugar que se inundó y eso provocó los daños, o si la corriente se crece en la calle que ya ibas transitando.

Insisto: lo que debés demostrar es que fue algo fortuito (no sos meteorólogo ni ibas a saber que ese lugar se iba a  inundar en ese momento), pero si la corriente ya estaba antes que pasaras, el caso cambia.

En caso que se dé alguna de esas situaciones, te recomiendo buscar un asesor de seguros antes de llenar la hoja de reclamo.

¿Qué cosas no te cubre por defecto el seguro de daños propios?
  • Si añadiste accesorios al vehículo (pantallas, canasteras, mataburros, luces especiales) y éstos no han sido reportados a la aseguradora –y por ende no se ha pagado una prima por ellos–, no estarán cubiertos.
  • Tampoco si remolcaste o te remolcaron y a causa de ello se ocasionaron daños, pues el vehículo no está diseñado para ese fin.
  • Si en una salida nocturna te dañan el vehículo y es demostrable que éste no tenía el resguardo requerido, no te pagarán.
  • Si mientras ibas manejando por Managua pasaste por un cauce desbordado, creyendo que no tendrías problemas, y eso provocó daños al vehículo, tampoco te reconocerán las pérdidas, pues uno de los incisos de las exclusiones dice claramente que declinarán cuando dichos daños “sean consecuencia de falta de medidas de seguridad, imprudencia o negligencia del conductor”.

Distinto es si mientras esperabas cambio de luz en el semáforo se desbordó el cauce y te arrastró, ahí sí te cubriría pues no había una falta de previsión de tu parte (no podías adivinar que eso pasaría). Pero, si voluntariamente te metiste bajo el ya inundado paso a desnivel de Tiscapa, no correrás con igual suerte.

Y si creés que estas pólizas son antojadizas, te cuento que son revisadas y aprobadas por el ente regulador: la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Siboif).


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Cuidado con los seguros “gratis”

Generalmente cuando se compa un vehículo nuevo, te ofrecen el “seguro gratis” por un año. El problema de ello es que casi siempre la empresa distribuidora es la que llena la solicitud del seguro y el asegurado desconoce qué información proporcionaron. Es obligación del asegurado revisar y pedir una copia de la solicitud del seguro y verificar la información, pues recordá que si el vehículo quedará afuera de tu casa, en un garaje no techado y otras especificaciones que pudieran excluirte de alguna cobertura, debés reportarlo.

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En caso que el “seguro gratis” no cumpla con todos tus requerimientos –por ejemplo si eventualmente lo manejará alguien menor de 18 años–, debés solicitar que se añadan esas coberturas, aunque represente un costo adicional. Recordá que podrías perder más.

Para que le des peso a tus pesos te recomiendo revisar de inmediato las exclusiones de tu póliza y hacer los ajustes que considerés necesarios, además de incrementar las medidas de precaución para proteger tu vehículo. De este modo te evitarás declinaciones de las aseguradoras, pues aunque estés pagando un seguro, eso no quiere decir que el bien pueda exponerse a riesgos de forma innecesaria.

Adicionalmente, tratá de asesorarte con un especialista en seguros al comprar tu póliza y al realizar un reclamo, pues muchas veces los usuarios fallamos en nuestras solicitudes por desconocimiento.


 

4 Comment(s)

  1. Juan José Guzmán alfaro
    26 agosto, 2017

    Hola Gisela me es muy interesante este blogs, de hecho recibe mis felicitaciones puesto que viniste a cubrir un vacío que existía para orientar a los consumidores de bienes y servicios. Me interesa saber sobre la inversión en La Bolsa de valores de Nicaragua; beneficios, riesgos, sugerencias de en qué segmento invertir en La Bolsa, inversión mínima, etc.

    1. Gisella Canales Ewest
      27 agosto, 2017

      Gracias, Juan. Vamos a hacerlo 🙂

  2. Mercedes Olivares
    7 marzo, 2018

    buenos dias, Estimada:
    quisiera consultarle la siguiente situcion mi camion se dedica a trasladar mercaderia pues se incendio en la carretera km 169 de telica hacia san isidro. esta dentro de la poliza que renove en Enero 2018 segun mi cobertura dice que cubre “COLISIONES Y VULECOS ACCIDENTALES, INCENDIO ACCIDENTAL, AUTOIGNICION, RAYO Y EXPLOSION pero la aseguradora rechaza mi reclamo basandose en la exclusion 5.2por depreciación, desperfecto y/o falla mecánica o eléctrica, falta de funcionamiento de alguna de las partes”. digame que puedo hacer al rrspecto. por favor

  3. Mercedes Lopez
    7 marzo, 2018

    Estimada

    agradezco mucho que aboradar este tema. quiero consultarle algo si se da el caso que mi carro sea de 1965 y me choquen verdad ganado yo el choque valga la redondancia pero por la antiguedad del caso solo me dan le dn 1000 dolares y los gastos oscilan los 5 mil dolares.

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