¿Estás pagando el IR que te corresponde? ¡Date cuenta ya!


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Los impuestos: aunque probablemente no es de tu agrado pagarlos, es algo de lo que no podés escapar, por lo cual es importante que conozcás cómo se calculan y así tengás certeza de si estás pagando lo justo.

Hoy te explico paso a paso cómo se calcula el pago del Impuesto Sobre la Renta (IR) de los trabajadores y tengás las herramientas necesarias para hacer las cuentas conforme tu salario se vaya moviendo.

Debés saber es que desde 2013 (tras la aprobación de la Ley de Concertación Tributaria, en 2012) el salario anual exento del IR es de C$100,000.00 al año, es decir que todas aquellas personas con salarios menores o iguales a C$8,333.33 por mes no pagan ese impuesto, sino que a partir de esa cantidad se empieza a aplicar. La base para calcular tus impuestos es la siguiente tabla:

Calculo del IR en Nicaragua


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El primer paso que debés dar, entonces, es saber cuánto es tu salario anual. El segundo paso es deducir el pago al Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS), pues no se aplica IR sobre ese otro impuesto. Los trabajadores pagan el 6.25% de sus salarios el INSS, entonces deducís el equivalente y así podrás saber en qué escala de la tabla estás.

Aquí un ejemplo:

Salario mensual bruto: C$12,000


Salario anual bruto: C$144,000

Deducción de INSS anual: C$9,000 (C$750 mensuales), que se calcula así ➡ 144,000 x 0.0625 = C$9,000

Entonces: C$144,000 – C$9000 = C$135,000, que se ubica en la segunda categoría de la tabla, a la que NO se aplica impuesto base y sólo se retiene el 15% en concepto de IR. OJO: el IR no se aplica sobre el total del salario devengado en el año, sino sobre el excedente que indique tu rango en la tabla, en este caso el excendente de C$100,000, que son C$35,000.

C$35,000 x 0.15 = C$5,250 en IR al año, es decir C$437.50 por mes.

¿Alguna vez te ha pasado que recibiste un pequeño incremento salarial y al final terminaste obteniendo menos cada quincena? Esto es porque ese pequeño aumento podría haberte movido del escalón en el que estabas en la tabla del IR y pasaste a un rango donde se aplica impuesto base.

Aquí otro ejemplo con ese impuesto adicional:

Salario mensual bruto: C$21,000

Salario anual bruto: C$252,000.

Deducción de INSS anual: C$15,750 (C$1,312.5 mensuales), que se calcula así ➡ 252,000 x 0.0625 = C$15,750.

Entonces: C$252,000 – C$15,750 = C$236,250, que se ubica en la tercera categoría de la tabla, a la que se le aplica el 20% en concepto de IR sobre el exceso de C$200,000, es decir sobre C$36,250. Adicionalmente se le carga el impuesto base, que en este caso es de C$15,000.

Por tanto:

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C$36,250 x 0.2 = C$7,250 + C$15,000 (impuesto base) = C$22,250  anuales en pago de IR, es decir C$1,854.16 por cada mes.

Si querés darle peso a tus pesos empezá a hacer tus cuentas y detectá si te están cobrando de más. Si es así, reportalo a tu empleador para que haga los ajustes pertinentes con la Dirección General de Ingresos y te sea devuelto el dinero pagado.


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85 Comment(s)

  1. Juan carlos Gutièrrez
    4 septiembre, 2017

    Buenos días me gusta la pagina porque nos ayuda a mantenernos informados, sobre temas que tiene que ver con nuestra vida cotidiana.

    1. Gisella Canales Ewest
      4 septiembre, 2017

      Gracias por leerme, Juan 🙂

      1. Luis garcia
        3 febrero, 2019

        Buenos dias por favor diga me como sacar mi deduccion de ir cuando mi salari semanal varia ….semanal lo mas alto es de 2300

      2. Isaac Velasquez
        25 abril, 2024

        Hola tengo una consulta mi salario mensual es de 8746 al menos pero ala quincena solo me dan 3900 aplica el ir a ese tipo de salario

        1. ✅Yocasta- Dele Peso a sus Pesos
          26 abril, 2024

          Hola Isaac
          Si aplica la deducción de IR, porque tu salario anual pasa los C$100,000.

          Saludos

  2. ALLAN BALTODANO
    7 noviembre, 2017

    COMO CALCULAR SI TENGO UN SALARIO MENSUAL DE C$ 20,000 Y 10 DE ANOS DE LABORAR PARA LA EMPRESA, GANANDO ANTIGÜEDAD Y EL PAGO ES CATORCENAL….

  3. Oscar flores
    3 diciembre, 2017

    Ie agradezco x su valiosa informacion y tengo un problema mi salario es oscilante como puedo calcularlo ejemplo hay veces hago12mil o 19 mil o 10500 le agradezco su ayuda

    1. Erick Villanueva
      3 mayo, 2018

      IR de Rentas del trabajo sobre ingresos variables

      ¿Qué me sugiere la DGI para calcular IR sin afectar mucho a trabajadores con ingresos variables?

      Puede proceder de la siguiente forma:

      a) La retención del primer mes se calculara conforme lo indicado en el numeral 1 del art. 19 del Reglamento;

      b) Para el segundo mes, se establecerá la renta neta acumulada sumando al

      ingreso del mes, el ingreso del mes anterior (dos meses);

      c) La renta neta acumulada se divide entre el número de meses transcurridos (2);

      d) La renta neta promedio se multiplicará por 12 para establecer la expectativa anual;

      e) A la nueva expectativa anual se le calculará el IR anual;

      f) El nuevo IR anual se dividirá entre 12, y el resultado se multiplicará por el

      número de meses transcurridos, incluido el mes que se va a retener; y

      g) Al resultado anterior, se le restará la retención acumulada, la diferencia será la retención de ese mes a retener.

  4. Hugo
    15 diciembre, 2017

    Como hacer el cálculo si se tiene un salario básico y se reciben comisiones variables cada mes

    1. Antonio
      13 enero, 2018

      Incorrecto…. Se calcula de la siguiente manera….

      a) La retención del primer mes se calculara conforme lo indicado en el numeral 1 del art. 19 del Reglamento;

      b) Para el segundo mes, se establecerá la renta neta acumulada sumando al

      ingreso del mes, el ingreso del mes anterior (dos meses);

      c) La renta neta acumulada se divide entre el número de meses transcurridos (2);

      d) La renta neta promedio se multiplicará por 12 para establecer la expectativa anual;

      e) A la nueva expectativa anual se le calculará el IR anual;

      f) El nuevo IR anual se dividirá entre 12, y el resultado se multiplicará por el

      número de meses transcurridos, incluido el mes que se va a retener; y

      g) Al resultado anterior, se le restará la retención acumulada, la diferencia será la retención de ese mes a retener.

  5. Denis C
    20 diciembre, 2017

    EL IR SERA DEDUCIDO SOLO DE MI SALARIO BASICO HO TAMBIEN DE MI TIEMPO EXTRA¡

    1. Gisella Canales Ewest
      21 diciembre, 2017

      De ambos. El IR se paga sobre todo ingreso generado.

      Saludos!

      1. Antonio
        13 enero, 2018

        No sobre todo hay Exenciones objetivas. Art. 19 LCT.

  6. benito lopez
    21 diciembre, 2017

    Soy administrador de empresas trabajo en el área administrativa de una empresa de construcción y me toca hacer las planillas que son catorcenal, los albañiles , armadores etc. tienen un salario el cual es objeto de IR. Si un trabajador inicia un 25 de x mes ¿ puedo aplicar el IR proporcional de acuerdo a los días trabajados o simplemente no debo aplicar el IR por que en ese mes no percibió el total de su salario otra pregunta como dice la tabla se refiere a un salario anual el trabajador de la construccion normalmente no pasa un año trabajando si no que 5, 6 meses según el tamaño del proyecto ¿ es justo devolverle lo que se le retuvo en IR durante todo los meses?

    1. Gisella Canales Ewest
      4 enero, 2018

      Hola. El IR se paga sobre todos nuestros ingresos, a excepción del aguinaldo. En ese caso se debe hacer la proyección sobre los días.

  7. Alejandro
    27 diciembre, 2017

    Buen Día, excelente artículo como todos los que publica.
    Una consulta, si mi salario es en $ ¿mes a mes debo calcular el IR basado en el cambio oficial? ¿Aplica para el pago quincenal?
    Haciendo cálculos rápidamente, mi salario restando el IR es de 301,752.80 anuales ¿El excedente sería los 1,752.80? Disculpe tantas preguntas, gracias por su respuesta.

    1. Alejandro
      27 diciembre, 2017

      Mi salario restante luego de deducir el INSS es de 301,752.8 anuales*

  8. Claudia
    27 diciembre, 2017

    Si en la empresa donde trabajo pagan una indemnización Extraordinaria y sobrepasa los 500 mil cordobas, como se calcula el inss?

  9. Claudia
    27 diciembre, 2017

    Quise decir el IR

  10. Juan Araica (Jaraica85)
    28 diciembre, 2017

    Tengo un salario variable entre 9 y 13 mil al mes.. En todo el año no me dedujeron IR y ahora me lo quieren quitar de una sola vez mediante un préstamo con la empresa es legal

    1. Antonio
      13 enero, 2018

      Es ilegal lo que le quieren hacer…… Los empleadores o agentes retenedores que no retengan el IR de rentas del trabajo, serán responsables solidarios de su pago, sin perjuicio de las sanciones establecidas en el Código Tributario. Art. 26 de la LCT. Ley 822.

  11. Dolores Morales
    28 diciembre, 2017

    si se me pagan un bono una vez en el año esto me afecta al pago del IR, se puede calcular independiente el IR al monto del bono o tiene que incluirse en el salario.???
    y en caso de que me paguen vacaciones como se calcula??

    1. Antonio
      13 enero, 2018

      Aguinaldo no es una figura juridica existente en Nicaragua su nombre por ley es Decimoter mes. Verificar Codigo del Trabajo.

      Para efectos del calculo consultado por Dolores el consejo Incorrecto verificar el articulo19, numeral 2 del reglamento de la ley de concertación tributaria. Saludos.

      1. Antonio
        13 enero, 2018

        A la expectativa anual del salario se adicionara el bono y debe liquidarse a fin determinar el nuevo IR anual al que se deberá restar el IR calculado anteriormente, la diferencia será la retención por el bono, la retención del mes será la sumatoria de ambos.

  12. juan carlos perez
    5 enero, 2018

    Buenos dias, donde puedo conseguir en forma digital la ley de concertacion tributaria vigente. si siendo asalariado se me dedujo de mas, quien hace los tramites para la devolucion del excedente? el empleador o el trabajador ante la DGI?

  13. luis sanchez
    30 enero, 2018

    Hola mi salario basico es de $550 dolares mensual. el INSS me quita c$600 cordobas quincenal, si usted dice que no nos pueden quitar mas de este inpuesto que es el INSS porque entonces me quitan c$600 cordobas del INSS y c$800 cordobas de IR. ahora cada 15 de cada mes yo agarro un bono de $100 dolres, es bono no es aumento de salario, y ellos me lo incluyen como salario, y me quitan mucho. yo tengo establecido un bono de $100 dolres cada 15 del mes, y me quitan c$650 de INSS y c$1,227.00 cordobas Porque?? es de maciado?? cada 15 de cada mes yo tengo que agarrar $375 dolares solamente los 15 por el bono, que en cordobas son c$11,400 cordobas. – c$8,500 que es lo que yo hagaro de pago donde esta los c$2,900 restante?? si solo el INSS me quita c$600 cordobas! algo esta mal aqui. y si reclamas te corren!!
    y supuestamente se rigen por los codigos del trabajo. que tengo que hacer?

  14. LULA LOPEZ
    1 febrero, 2018

    Tengo una consulta, la deducción del IR debe ser mensual? O cada quincena? Me ayudan porfa.

  15. Mariangeles
    28 febrero, 2018

    En el trabajo me dieron una hoja en la que se detalla mi salario a devengar anualmente, pero esa suma incluye el treciavo mes.
    La suma del salario bruto anual puede incluir el aguinaldo para efectos de IR? Sin incluir aguinaldo no aplico a impuesto, pero si lo incluyo si.

  16. BISMARK
    14 marzo, 2018

    En q influyen las horas extras a la hora de sacar ir ya q no son constante y siento q me quitan demaciado

  17. Patricia
    14 marzo, 2018

    Hola, buenos dias!!!! en el caso de servicios profecionales siempre te tienen q quitar IR aunq el pago sea minimo…. un promedio de 6000 cordobas mensual!!!

  18. Osmani Escalante
    13 abril, 2018

    muy buenas informaciones que son de gran utilidad para la población en general

  19. Erick Villanueva
    2 mayo, 2018

    Interesante blog.

    podrias indicarnos una manera mas sencilla de aplicar el ir a los que estamos con salario variable… e incluso ir detectando de manera mensual si esta de mas el cobro o no ..

  20. Elmo Enrique Ortiz Soza
    28 junio, 2018

    Buenas tardes mi estimado,
    Si a mí me están pagando actualmente el salario mínimo que son C$ 5,339.06 por ejemplo y en el próximo mes mi salario sube a C$ 10,000.00, es objeto de IR?. Indíqueme por favor. Saludos y gracias por su amable atención

  21. Elmo Enrique Ortiz Soza
    28 junio, 2018

    Buenas tardes mi estimado,
    Tengo seis meses de que me están pagando el salario mínimo que son C$ 5,339.06 por ejemplo y en el próximo mes mi salario sube a C$ 10,000.00, es objeto de IR?. Indíqueme por favor. Saludos y gracias por su amable atención

  22. Eduardo
    3 septiembre, 2018

    Buenos dias.

    Que porcentaje de retención debo aplicar a los comisionistas?

  23. María
    8 octubre, 2018

    Es mensual o al final del período fiscal que se solicita devolucion a la DGI?

  24. Julio Mendoza
    12 octubre, 2018

    Si yo comencé a trabajar en junio cuanto es el IR que debo pagar en este año

  25. Denis Garcia
    17 octubre, 2018

    por qué para calcular la renta Neta de un trabajador, se debe restar la cuota laboral o cotización al INSS de su salario bruto?

    1. Alejo
      30 octubre, 2018

      Art. 21 inciso 2: «Las cotizaciones o aportes de las personas naturales asalariadas en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social»…

  26. BLANCA
    5 noviembre, 2018

    COMO SE CALCULA EL IR EN EL PAGO DE VACACIONES?

  27. Evelina
    22 noviembre, 2018

    Buenos días, En el arto. 19, Numeral 1, inciso a, refiere específicamente al termino SALARIO MENSUAL BRUTO, en este concepto entran los ingresos como horas extras, transporte?

  28. Denis Cabrera
    5 diciembre, 2018

    El IR se aplica sobre tu entrada general mensual? ho solo al salario básico mensual? por que a menudo se encuentran con trabajadores que trabajan tiempo extra y la entrada mensual suele ser en doble¡¡¡¡

  29. juana castro
    4 enero, 2019

    trabaje en . comasa. 15. de noviembre. al 30 de diciembre de este .2018. y me quitaron ir. eso es legal. que me quiten ir. sin ganar los 100.ooo.oo

    1. Nolram
      16 enero, 2019

      Por supuesto que no, seguramente tu contrato es por servicios profesionales, para lo cual te tuvieron que retener el 10%

  30. Luis garcia
    3 febrero, 2019

    Buenos dias ,megustaria saver como calcular la deduccion de ir …mi salario es variado …semanal es de 2,400 como se calcula por semana

  31. Cristhiam Quintero
    3 marzo, 2020

    Cómo hago para calcular el ir en un salario variable?

    1. Gisella Canales Ewest
      4 marzo, 2020

      Hola, Cristhiam.

      Depende del salario que tengás y si varía en la quincena o mensual, si es así, podés ingresar esa cantidad en la calculadora de salario:

      https://delepesoasuspesos.com/calcular-salario-neto

  32. Carlos Ortiz
    30 marzo, 2020

    excelente pagina muy valioso aporte a la poblacion

  33. Lester
    20 abril, 2020

    Muy buena informacion, pero me gustaria saber como es el calculo con aquellos escenarios donde el salario es variable.
    por Ejemplo: Las horas extras, comisiones. Esas 2 variables te hace crecer tu salario mensual o simplemente mantenerte en el mismo salario bruto al no hacer HE o comisiones. como se calcula?

    1. Gisella Canales Ewest
      27 abril, 2020

      Hola, Lester

      Tenemos calculadoras de salario fijo, estamos en proceso de agregar la de salario variable.

      En ese caso, podés insertar el salario que devengués por semana o quincena en la calculadora.

      1. Visitante
        18 febrero, 2022

        Hola, ya esta disponible la calculadora de salario variable?

        1. ✅Yocasta- Dele Peso a sus Pesos
          21 febrero, 2022

          Hola
          En la calculadora de liquidación podés elegir la opción de salario fijo o variable.

          Saludos

  34. carlos valerio
    22 abril, 2020

    una consulta si tengo que pagarle a un proveedor varias facturas de compra de productos, para ser exatos 10 facuras de las cuales 9 pasan de 1,000.00 y una es de 750.00 se sacara un solo ck por el total de las facturas la retencion del IR se hace el valor total uncluida la factura de 750.00 o se calcula del valor de las 09.00, favor aclarar.

    1. Gisella Canales Ewest
      27 abril, 2020

      Hola, Carlos

      Vas a calcular el valor de las 9 solamente, recordá que no debe pasar de C$1, 000 pues el cálculo de retención se hace antes del IVA.

  35. Olga
    23 abril, 2020

    Si mi salario mensual es de 53,000 cuanto me deben quitar de ir?

    1. Gisella Canales Ewest
      27 abril, 2020
    2. Gisella Canales Ewest
      27 abril, 2020

      Hola, Olga

      Podés hacer los cálculos en nuestra herramienta: https://delepesoasuspesos.com/calcular-salario-neto

  36. Fabiola
    17 julio, 2020

    Me gustaría saber como se calculan las deducciónes de las comisiones ya que están no son siempre ni con el mismo monto, agradecería mucho su ayuda.

    1. Gisella Canales Ewest
      6 agosto, 2020

      Hola, Fabiola

      Para que esto sea deducible del IR, debe existir un contrato entre las partes en donde se establezca la forma de pago, este sería el soporte para el gasto o pago de comisión, entendiéndose como la prestación de servicios, como tal la retención sería del 10%. De no existir documento en el que conste la relación laboral, entonces la retención es del 2%, ambas cuotas establecidas en el Reglamento de la Ley.

  37. Lesbia Norori
    20 agosto, 2020

    Buenas tardes me gustaria me apoyaras, yo soy vendedora tengo un salario basico + comisiones como puedo calcular cuanto tengo que pagar en IR. Gracias de antemano. Saludes/// Muy buena informacion

    1. Gisella Canales Ewest
      21 agosto, 2020

      Hola Lesbia, a continuación te comparto el link de la calculadora de salario neto donde podés calcular el IR: http://bit.ly/CalculáSalarioNeto.

      Saludos

  38. Yelice
    25 enero, 2021

    me podria explicar el IR anual y mensual ..si el pago es mensual debo pagar ir anual o declaracion

    1. Yocasta Orozco
      28 enero, 2021

      Hola Yelice
      Nos podés escribir al WhatsApp 8150 2550, para ayudarte con tu consulta.

      Saludos

  39. Mario Lopez
    18 marzo, 2021

    hola tengo una consulta, si tengo un trabajador con un salario mensual de 22,000 C$, el pago es quincenal pero por la situacion actual se le esta pagando mensual, auque a nivel de planilla se establece el pago de este quincenal, si el trabajador devenga 10 hrs extras el calculo del ir debe ser sobre todo el salario mensual mas horas extras??? y al registrarlo en planilla como establezco estos ya que al final a nivel de planilla afecto una quincena con las horas extras y la otra se la pago en base a 11000, es decir reflejo pago de 1er quincena mas hrs extras mas el pago de la segunda quincena, pero no se si esta bien planteado o estoy afectando al trabajador o a la empresa, o si debe establecer de una sola vez el salario mensual de 22000 mas las hrs extras??? podria alguien ayudarme o facilitarme algun formato de planilla para este tipo de pago.

    1. Yocasta Orozco
      5 abril, 2021

      Hola Mario
      Lo mejor es hablar con el colaborador de la empresa la forma de pago y hacerlo formal en el contrato, las horas extras es con base al salario de él, el siguiente artículo te lo explicamos mejor:
      https://delepesoasuspesos.com/finanzas-personales/13178-como-se-calculan-las-horas-extras-en-nicaragua

      Saludos

  40. SMITH SOLIS
    9 junio, 2021

    Deberian actualizar el contenido de la pagina, por lo vista realice una prueba en la calculadora y estan correctos los resultados.

    1. ✅Yocasta- Dele Peso a sus Pesos
      10 junio, 2021

      Hola Solis
      Gracias por utilizar nuestras herramientas.

      Saludos

  41. Ivan Enrique Leiva Rojas
    16 junio, 2021

    tengo un negocio que esta en crecimiento, todos mis clientes son de fuera de nicaragua y los pagos se hacen afuera de nicaragua, estoy obligado a cobrar iva.

    1. ✅Yocasta- Dele Peso a sus Pesos
      17 junio, 2021

      Hola Ivan
      Todo depende de como este inscrito tu negocio ante la DGI.

      Saludos

  42. Alex
    16 julio, 2021

    Es legal retener IR alas vacaciones

    1. ✅Yocasta- Dele Peso a sus Pesos
      28 julio, 2021

      Hola Alex
      El IR se le aplica a todos los ingresos ordinarios.

      Saludos

  43. claudia lopez
    8 agosto, 2021

    En el contenido del texto aparece el % del INSS A 6.5% y el cálculo igual. No está actualizado. ahora el % de INSS es del 7%

    1. ✅Yocasta- Dele Peso a sus Pesos
      11 agosto, 2021

      Hola Claudia
      Exactamente no esta actualizado el artículo, gracias por tu comentario.

      Saludos

  44. JOSE RICARDO DELGADO MARTINEZ
    5 noviembre, 2021

    Muy beneficiosa la informacion de provecho para los que trabajamos en area contable. muchas gracias.

    1. ✅Yocasta- Dele Peso a sus Pesos
      8 noviembre, 2021

      Hola Jose
      Gracias por estar al pendiente de nuestro contenido.

      Saludos

  45. Marvin
    27 noviembre, 2021

    Buenos dias, una consulta si en la empresa empece a trabajar un ejemplo en abril el ir se calcula en base a 12 meses o bien a los ingresos del año, que en todo caso seria en base a los meses trabajados durante el año?

    1. ✅Yocasta- Dele Peso a sus Pesos
      1 diciembre, 2021

      Hola Marvin
      El IR se calcula con base a los meses que vos llevás trabajando en la empresa.

      Saludos

  46. MAYCOL
    4 enero, 2022

    hola tengo una consulta acerca del ir,en este esenario donde ai trabajadores tienen salarios que no aplican ir, pero al final del año se les paga vacaciones como hacer en ese caso?

    1. ✅Yocasta- Dele Peso a sus Pesos
      5 enero, 2022

      Hola Maycol
      El pago de vacaciones deben pagar IR.

      Saludos

  47. Melba Alvarado
    3 julio, 2022

    Hola, cómo calcular el IR cuando es menor de 100000 o sea para realizar lo en un ejercicio o que puedo hacer si no se aplica nada, ayuda por favor.

    1. ✅Yocasta- Dele Peso a sus Pesos
      4 julio, 2022

      Hola Melba
      En este enlace vas a encontrar la información recordá que los salarios menor a 833333.3333333333 no pagan IR. https://www.dgi.gob.ni/FAQ/index.html?liquidacion_del_impuesto.htm

      Saludos

  48. Lizi
    13 marzo, 2023

    Yo tengo una super duda. Un vendedor que gana sobre comisiones de ventas. Y solo la comisión de una fecha x a otra fecha x podemos decir el corte para pagar comisión de lo vendido. Y esté me sale 21000 solo la comisión y tengo un IR de 15 mil . El salario es variable porque ganó sobre comisiones y tengo un básico de 11 mil . Y hay ocasiones que solo depositan 600 cordobas en una quincena. He tenido comisiones que al final de toda las deducciones mi salario es de 600 cordobas. Cómo es todo eso posible?

    1. ✅Yocasta- Dele Peso a sus Pesos
      15 marzo, 2023

      Hola Lizi
      Nos podés escribir al WhastApp para ayudarte en tu consulta 8150 2550.

      Saludos

  49. Walter palacios
    29 junio, 2024

    Buenas tardes quisiera saber si a los bonos que uno percibe en su trabajo a estos se les quita INSS e IR

    1. ✅Yocasta- Dele Peso a sus Pesos
      1 julio, 2024

      Hola buenos días, ¿esos bonos son por alimentación o otros?

      Saludos

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