El año pasado circularon unos 13,000 millones de córdobas por el pago del decimotercer mes, popularmente conocido como aguinaldo, y se espera que este año sea una cantidad mayor, ¿Y a vos cuánto te corresponde?, ¿cómo hacer el cálculo? Acá te explicamos.
Sabemos que el pago de este derecho por ley puede confundir, especialmente si llevás menos de un año laborando, o si tu salario no es fijo (sino que se compone por comisiones, por obra o “al destajo”), por ello en Dele Peso a sus Pesos queremos ayudarte facilitándote el cálculo de tu aguinaldo, con un clic.
Se trata de la nueva herramienta que podrás encontrar en nuestro sitio web, a la que únicamente introducirás el monto de tu salario mensual (o salarios, en caso de ser un ingreso variable) y la fecha en la que empezaste a laborar, de modo que nuestra calculadora te indique cuánto deberás recibir durante los primeros 10 días de diciembre, período que según el Código del Trabajo de Nicaragua, tienen los empleadores para hacer efectivo el pago.
En caso que no sepás, el pago del decimotercer mes se hace con base al período comprendido entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre de este año, por lo cual, en caso de tener salario variable, deberás esperar hasta el último día de noviembre para saber exactamente cuánto serán tus ingresos del mes y así saber a cuánto ascenderá tu aguinaldo.
Eso no es inconveniente, pues la ley da como fecha límite el 10 de diciembre, pero no hace referencia a qué tan anticipado puede pagarse. Queda a criterio y capacidad de cada empleador.
Para quienes laboran en actividades domésticas dentro del hogar con dormida adentro, el decimotercer mes aumenta en un 50%, es decir que se paga aguinaldo y medio.
En caso de que trabajen con salida diaria (jornada completa), es aguinaldo regular o un mes de salario. En casos que dichas labores fueran por ciertas horas o días, se paga proporcional.
Según la legislación correspondiente, únicamente se puede contratar de forma verbal en los siguientes casos:
Si tu caso no es ninguno de los anteriores, es mejor abordar esto con el empleador, pues debe existir contrato de trabajo, independientemente si es una empresa muy pequeña o informal.
Si tu relación es comercial (como cliente), no existe relación laboral, y por lo tanto, no hay derechos laborales. Sin embargo, sabemos que durante los últimos años se han disfrazado como servicios profesionales muchos cargos o plazas.
En caso de que según la naturaleza de tus funciones y responsabilidades, sintás que lo tuyo no es una relación comercial, sino laboral, debés recorrer cierto proceso para exigir tu derecho al pago de decimotercer mes o aguinaldo.
Recientemente en nuestra cuenta de Facebook hicimos un live sobre este tema con un especialista, te recomendamos verlo:
Es momento de hacer números y saber exactamente lo que recibirás como decimotercer mes. Nuestra herramienta hará las cuentas por vos
Y, si aún no conocés nuestras demás herramientas, te recomendamos explorar este link, pues ahí encontrarás herramientas para calcular liquidación laboral, deducciones de impuestos al salario, pensión alimenticia, tu nivel de endeudamiento, consumo energético y tu futura pensión INSS. ¿Qué estás esperando?
María Teresa Pérez La emoción por recibir el aguinaldo cada fin de año podría desviarte…
María Teresa Pérez El Viernes Negro es una de las temporadas de compras más esperadas…
Cada 19 de noviembre, se celebra el Día Mundial de la Mujer Emprendedora, una fecha…
Hace unos años, Martha acostumbraba enviar dinero a su familia en Estelí cada mes. Aunque…
Entendé cómo la psicología influye en tus decisiones de compra y aprendé a evitar las…
Los préstamos son una herramienta poderosa para impulsar el crecimiento de un negocio. Sin embargo,…
Ver comentarios
Hola, tengo una consulta respecto al pago del aguinaldo, que conceptos del salario aplican en su total, cuando ganan bonos y su calculo es con el salario más alto devengado, mi pregunta es si trabajo en días feriados y lo recibido por esos días feriados aplican al aguinaldo ya que con esto el salario más alto sería en donde trabaje en días feriados y es un total mayor al que de refleja en mi aguinaldo. Saludos
Hola
En ese caso no aplica para el cálculo del aguinaldo, porque se considera salario extraordinario.
Saludos
Muchas Gracias x su aclaración. Saludos.
Hola, si soy trabajador temporal, tengo derecho aguinaldo?
Hola Omar
Claro que sí tenés derecho al pago de aguinaldo proporcional.
Saludos