A detalle: cómo renovar la matrícula de tu negocio

Si efectúas actividades comerciales recuerda que tienes hasta el 31 de enero para renovar tu Matrícula ante la municipalidad que te corresponda. La Matrícula es un tributo municipal que se renueva cada año entre el 1 de diciembre del año previo, hasta el último día de enero del año en curso.

De conformidad con el artículo 5 del Plan de Arbitrios Municipal y el artículo 10 del Plan de Arbitrios del Municipio de Managua, la matrícula se calcula aplicando la tasa del 2% al promedio de los ingresos brutos por ventas o prestación de servicios obtenidos en los últimos tres meses del año anterior, los meses transcurridos si son menos de tres, o los meses en que hubiera ingresos si no son aplicables las alternativas mencionadas. Adicionalmente, sobre este valor se adicionará el 1% en concepto de emisión del Certificado de Matrícula.

Los contribuyentes que tengan actividades comerciales en más de un municipio tienen obligación de matricularse en las jurisdicciones donde tengan establecimientos físicos para llevar a cabo tales actividades, de conformidad con el artículo 4 del Plan de Arbitrios Municipal. En estos casos, la matrícula se calculará con los ingresos proporcionales de cada localidad.

Los requisitos generales para efectuar la matrícula de alcaldía varían en dependencia de la naturaleza de los contribuyentes. A continuación los detalles

Requisitos para contribuyentes personas naturales inscritas en Cuota Fija o régimen general

  • Completar formulario.
  • Fotocopias de número RUC y cédula de identidad.
  • Constancia de Urbanismo o Aval Ambiental.
  • Constancias actualizadas aplicables según el negocio (por ejemplo: Resolución de la Policía Nacional, Constancia del MINSA, u otros permisos).
  • Si el trámite es realizado por un gestor, deberá presentar poder especial emitido en escritura pública y copia cédula de identidad.
  • Pago de Rótulos (si aplica, se liquidará conforme el artículo 13 de la Ley de Rótulos).
  • Solvencia municipal.

Requisitos para contribuyentes inscritos como personas jurídicas en régimen general

  • Completar formulario.
  • Fotocopia de número RUC.
  • Copia de Escritura de Constitución y Estatutos.
  • Información de socios: llenar el formato de actualización de socios y copia de cédula de identidad de cada uno de los socios. En caso de modificaciones se deberá presentar copia de la inscripción de tal transacción en el Registro Mercantil. Asimismo, en algunos casos la autoridad podría requerir el Certificado del Registro de Beneficiario Final.
  • Copia del poder del representante legal y cédula de identidad.
  • Constancia de Urbanismo o Aval Ambiental.
  • Constancias actualizadas aplicables según el negocio (por ejemplo: Resolución de la Policía Nacional, Constancia del MINSA, u otros permisos).
  • Pago de Rótulos (si aplica, se liquidará conforme el artículo 13 de la Ley de Rótulos).
  • Solvencia municipal.
  • Si el trámite es realizado por un gestor, deberá presentar poder especial emitido en escritura pública y copia de cédula de identidad.

Algunas recomendaciones a tomar en cuenta

  1. Antes de proceder con el trámite de Matrícula es importante realizar una visita a la municipalidad que le corresponda, ya que los documentos básicos requeridos podrían variar en cada dependencia.
  2. Verificar el estado de obligaciones del contribuyente o los socios, tanto en la Dirección General de Ingresos (DGI) como en la municipalidad, ya que las Alcaldías podrían no entregar el Certificado de Matrícula si alguna persona tiene obligaciones omisas o en mora ante dichas entidades tributarias, inclusive si son en carácter personal (tales como pago de Impuesto por Bienes Inmuebles o pago por recolección de basura).
  3. Revisar que esté al día el pago del impuesto de rodamiento de los vehículos a nombre del contribuyente (sea persona natural o jurídica). Preferiblemente llevar copia de los pagos realizados los últimos dos años, ya que si el sistema no está actualizado puede solicitar su corrección.
  4. Grandes Contribuyentes podrán ser requeridos de pagar anualmente un tributo por rotulación masiva equivalente a US$4 por cada punto de distribución, conforme el artículo 14 de la Ley de Rótulos.
  5. Tener cuidado con los ingresos exentos del Impuesto Municipal sobre Ingresos (IMI) por ventas de bienes o servicios, ya que sí deben incluirse en el cálculo de la matrícula.
  6. En el caso de Managua, este trámite puede realizarse por ejemplo en delegaciones como: Plaza Cuba, Estadio Nacional de Béisbol o Avenida Bolívar.
  7. Algunos trámites previos o de pago de impuestos pueden realizarse en línea en el sitio de la Alcaldía de Managua, pero antes debes verificar si tu usuario tiene disponibilidad para ello. 
  8. Se recuerda que el Certificado de Matrícula debe ser exhibido en el establecimiento o negocio del contribuyente registrado.
  9. Finalmente, es recomendable realizar este trámite en tiempo para evitarse multas o recargos.

Nota: la presente columna constituye opinión personal de la autora y no es atribuible a ninguna entidad o firma.

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