Durante las últimas horas he recibido múltiples consultas sobre el anuncio del Banco Central de Nicaragua de modificación en su Política de Encaje Legal, y, debido a que los nervios están a flor de piel y la desinformación es lo que abunda en las redes, preferí hacer este breve artículo con todo lo que debés saber al respecto. Empecemos por aclarar:
¿Qué es el encaje legal?
Es un porcentaje del total de los depósitos que las instituciones bancarias deben almacenar en el Banco Central. Dicho porcentaje lo define el Banco Central porque es la máxima autoridad monetaria y lo modifica según requiera, ya sea para regular la liquidez del sistema financiero, para disminuir volatilidad en las tasas de interés, para controlar la inflación, entre muchos otros usos.
Hasta ahora, al Encaje Legal se le realiza una medición diaria y una catorcenal, teniendo un porcentaje mínimo requerido para cada una, de 12% y 15%, respectivamente.
¿Cuál es el cambio anunciado en la Política de Encaje Legal?
Mediante un comunicado oficial en su página web, el Banco Central de Nicaragua anunció que a partir del 18 de junio se modifican los porcentajes y periodicidad del Encaje “a fin de promover el buen funcionamiento y la estabilidad del sistema financiero, así como facilitar la gestión de liquidez a la banca”. Los cambios son:
- Rebaja del 12% al 10% el encaje legal mínimo diario.
- Pasó la medición catorcenal a una periodicidad semanal.
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¿Qué significan estos cambios en el encaje legal?
- La cantidad de dinero mínima que deben tener los bancos en el Banco Central será menor, lo cual libera liquidez a las instituciones.
- La revisión del cumplimiento del Encaje Legal por parte de los supervisores, será más frecuente, al pasarla de catorcenal a semanal. Esto serviría como un monitoreo más actualizado.
“Con esta reforma se espera que se facilite la administración de la liquidez diaria de las instituciones financieras”, explica el Banco Central.
¿Para qué sirve a los bancos tener más liquidez?
Esto puede servir para varios propósitos, entre ellos hacer frente al incremento en la demanda imprevista de los depositantes, o colocación de créditos. Queda a discreción de las instituciones.
Quiero aclarar que si bien se flexibiliza el porcentaje de ahorro que deben tener las instituciones, éstas mantienen desde hace tiempo porcentajes mucho mayores a los establecidos, superando el 20%, según los reportes oficiales.
La medida en general es positiva y se puede ajustar según se requiera, es decir que si el sistema necesitara más liquidez, la tasa del Encaje puede bajar más. Y en caso que no necesitara, puede aumentar. Son acciones completamente normales.
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